AREA COMUN
DEL EDIFICIO, DE USO EXCLUSIVO DE UN
PROPIETARIO
Conforme lo
dispone el Artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios de
apartamentos o locales deben contribuir a los GASTOS COMUNES, en proporción a
la alícuota que conforme el artículo 7 le haya sido atribuido
Que dispone el Artículo 7.- “A cada apartamento se atribuirá
una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y
referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar
la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las
mejoras o menoscabos de cada apartamento no alterarán la cuota atribuida, que
sólo podrá variarse por acuerdo unánime.”
LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO DE
AREAS COMUNES DE USO EXCLUSIVO
En caso de existir BIENES
COMUNES cuyo USO se haya atribuido EXCLUSIVAMENTE a un inmueble, es decir, que
el Documento de Condominio disponga específicamente que se le atribuye el uso
exclusivo de determinada área común, serán por cuenta del propietario de dicho apartamento la
totalidad de los gastos de mantenimiento de los mencionados bienes
Ejemplo de área común de uso exclusivo: El jardín de PB
al cual solo puede accederse a través de un apartamento cuyo uso exclusivo le
ha sido asignado
Otro ejemplo de área común de uso exclusivo: la terraza
que da al frente del edificio, al cual solo puede accederse a través de un
apartamento ubicado en la mezzanina
AZOTEAS, PATIOS O JARDINES Con uso exclusivo a
determinado propietario
Estas areas comunes también pueden ser de uso exclusivo
de algún propietario, si para acceder a tales areas solo sea posible a través
del apartamento cuyo uso exclusivo se atribuye. Asi dispone el articulo 5
literal “c”
LAS REPARACIONES MENORES DE AREAS COMUNES DE USO
EXCLUSIVO
También corren por cuenta del propietario que haga uso
exclusivo de determinada área común, de todas aquellas REPARACIONES MENORES que
requiera
Las REPARACIONES MAYORES, serán por cuenta del
propietario que haga uso de determinada área común, que sean producto de no haberse
efectuado oportunamente las reparaciones menores.
¿ QUIEN DETERMINA EL USO EXCLUSIVO DE DETERMINADAS AREAS
COMUNES PARA UN APARTAMENTO EN PARTICULAR ?
El uso exclusivo al cual tiene derecho determinado
propietario, viene dado por Documento de Condominio, es una decisión que toma
el constructor o promotor al momento de otorgar el correspondiente documento de
condominio. En ningún momento puede la Junta de Condominio asignar uso
exclusivo de áreas comunes a determinados apartamentos ya que es una facultad
de la asamblea de propietarios, en cuyo caso tendría lugar la modificación del
documento de condominio del edificio.
@allcondominium
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