martes, 21 de octubre de 2014

AREA COMUN DEL EDIFICIO PERO DEL USO EXCLUSIVO DE UN PROPIETARIO

          
AREA COMUN DEL EDIFICIO,  DE USO EXCLUSIVO DE UN PROPIETARIO

Conforme lo dispone el Artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios de apartamentos o locales deben contribuir a los GASTOS COMUNES, en proporción a la alícuota que conforme el artículo 7 le haya sido atribuido

Que dispone el Artículo 7.- “A cada apartamento se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble y referida a centésimas del mismo. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las mejoras o menoscabos de cada apartamento no alterarán la cuota atribuida, que sólo podrá variarse por acuerdo unánime.”


LOS GASTOS DE MANTENIMIENTO DE AREAS COMUNES DE USO EXCLUSIVO

En caso de existir BIENES COMUNES cuyo USO se haya atribuido EXCLUSIVAMENTE a un inmueble, es decir, que el Documento de Condominio disponga específicamente que se le atribuye el uso exclusivo de determinada área común, serán por cuenta del propietario de dicho apartamento la totalidad de los gastos de mantenimiento de los mencionados bienes



Ejemplo de área común de uso exclusivo: El jardín de PB al cual solo puede accederse a través de un apartamento cuyo uso exclusivo le ha sido asignado

Otro ejemplo de área común de uso exclusivo: la terraza que da al frente del edificio, al cual solo puede accederse a través de un apartamento ubicado en la mezzanina

AZOTEAS, PATIOS O JARDINES Con uso exclusivo a determinado propietario

Estas areas comunes también pueden ser de uso exclusivo de algún propietario, si para acceder a tales areas solo sea posible a través del apartamento cuyo uso exclusivo se atribuye. Asi dispone el articulo 5 literal “c”

LAS REPARACIONES MENORES DE AREAS COMUNES DE USO EXCLUSIVO 

También corren por cuenta del propietario que haga uso exclusivo de determinada área común, de todas aquellas REPARACIONES MENORES que requiera

Las REPARACIONES MAYORES, serán por cuenta del propietario que haga uso de determinada área común, que sean producto de no haberse efectuado oportunamente las reparaciones menores.


¿ QUIEN DETERMINA EL USO EXCLUSIVO DE DETERMINADAS AREAS COMUNES PARA UN APARTAMENTO EN PARTICULAR ?

El uso exclusivo al cual tiene derecho determinado propietario, viene dado por Documento de Condominio, es una decisión que toma el constructor o promotor al momento de otorgar el correspondiente documento de condominio. En ningún momento puede la Junta de Condominio asignar uso exclusivo de áreas comunes a determinados apartamentos ya que es una facultad de la asamblea de propietarios, en cuyo caso tendría lugar la modificación del documento de condominio del edificio.


@allcondominium 


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